domingo, 29 de abril de 2007

Elementos a tomar en cuenta en el debate para una nueva Reforma Educacional


1.-Una modificación primordial se refiere a cambiar la valoración de la libertad de enseñanza por sobre el derecho a la educación, que son los dos principios básicos con que cuenta la Ley Orgánica Constitucional de Educación, LOCE, y que está contenido en el artículo 3° del mencionado cuerpo legal.

Un ejemplo concreto de cómo se expresa la consideración legal de darle mayor relevancia a la libertad de educación por sobre el derecho a la educación es que en otros países los padres pueden elegir el colegio de sus hijos, pero el colegio no puede elegir a sus alumnos, en cambio en Chile un colegio puede cancelar la matrícula de sus alumnos con promedio inferior a 5,5, y así lograr una mejoría en los promedios del Simce.
Esta ley fue promulgada el último día del régimen militar y en ella, como se señaló anteriormente, el derecho a la educación quedó subordinado a la libertad de enseñanza, lo que permitió que cualquier particular creará colegios en forma inorgánica, produciéndose un negocio de la educación, subordinando el tema de la calidad.


2.- A pesar de que se ha hablado de derogar la LOCE, se debe tener claro que se necesita una ley que rija el sistema educativo. La LOCE requiere de una reforma profunda, que vaya más allá del decreto con fuerza de ley (DFL) firmado el año 2005 por el ex Presidente Ricardo Lagos, siendo Ministro de Educación Sergio Bitar. Se estableció así un texto refundido de la ley, con todos los cambios introducidos en los últimos 16 años. El mencionado DFL comenzó a regir en febrero de este año.


3.- Es importante señalar que quienes dicen que la Concertación de Partidos por la Democracia no ha hecho nada por cambiar ese cuerpo legal - la LOCE- están en un profundo error, pues en 1992, cuando era ministro de Educación Ricardo Lagos, bajo la presidencia de Patricio Aylwin, se envió una modificación muy completa a la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza. Este proyecto se entregó al Congreso Nacional en septiembre de 1992 y en sus 155 artículos permanentes y 11 transitorios, proponía un conjunto de objetivos generales para los niveles parvulario, básico y medio, garantizaba 10 años de escolaridad mínima, contemplaba definiciones para los niveles de educación parvularia, media técnico- profesional y superior; y generaba la posibilidad de establecer normas que facilitaran la coordinación de estudios de quienes egresen de la enseñanza técnico-profesional con programas superiores en el campo tecnológico y las etapas sucesivas de trabajo y estudio. Como se dijo anteriormente, también abordaba la educación superior, precisando el sentido y alcance de la libertad de enseñanza y el principio de autonomía institucional
Sin embargo, esta iniciativa legal nunca pasó del primer trámite constitucional en la Cámara de Diputados y en julio de 1997, siendo Presidente de la República Eduardo Frei Ruiz-Tagle,
se archivó
4.- Desde 1991 hasta hoy, diez leyes se han dictado con el objeto de introducir modificaciones a la Ley Orgánica Constitucional de la Enseñanza. La mayoría de estos cambios contempló elementos puntuales, sin embargo ninguno de los cambios se centró en materias estructurales o de fondo. Además, es importante señalar que desde diciembre del año 2002 se está tramitando en el Congreso un proyecto que establece un sistema nacional que busca controlar y asegurar la calidad de la educación superior. Esta iniciativa legal se encuentra en comisión mixta.

Finalmente hay que señalar que en los últimos 16 años se han presentado otros 42 proyectos con referencias a aspectos de la Ley Orgánica de Educación , siendo la mayoría de ellos archivados.


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